Prevención y Recuperación Plena

El REPROCANN es el Registro Nacional de Pacientes en Tratamiento con Cannabis creado a través del decreto 883/20, que regula la Ley N.º 27.350 ( Uso Medicinal de la Planta de Cannabis y sus derivados) que permite a aquellas personas que cuenten con indicación médica solicitar la autorización para cultivar para sí, o mediante un tercero (cultivadora/or solidario/a u ONGs).
¿Quiénes pueden registrar un cultivo?
Podrá inscribirse en el REPROCANN toda persona que cuente:
- con indicación médica.
- que haya firmado el consentimiento informado correspondiente, en las condiciones establecidas por el Programa.
- que haya cumplido con los requisitos y los trámites solicitados por el Programa en tiempo y forma.
- El sistema validará los datos a través de https://www.argentina.gob.ar/miargentina, por lo que es necesario contar con una cuenta en el sitio o en la app Mi Argentina a tales efectos.
¿Cómo puedo registrarme?
El/ la paciente inicia el trámite en el aplicativo web y el profesional de salud prescriptor debe adjuntar Declaración Jurada y Consentimiento Informado (ambos documentos en formato PDF), y vincular al paciente, tercero u ONG con el cultivo.
¿Cuáles son los roles en el REPROCANN?
Paciente: persona en tratamiento que puede autocultivar o vincularse un cultivador/a solidario/a.
Responsable a cargo: persona representante legal de la persona en tratamiento, que puede cultivar para su representado/a o vincularse un cultivador/a solidario/a.
Cultivador/a solidario/a: es aquella persona que cultiva para la persona en tratamiento, Profesional de la salud (médico/a – odontólogo/a), y ONGs vinculadas con la salud.
Profesional de salud, quienes prescriben con fines medicinales.
¿Cómo realizo la inscripción?
Para el ingreso al registro al Registro Reprocann todas las personas que deseen realizar la inscripción deberán validar su identidad a través de la plataforma “Mi Argentina” En el caso de no contar con cuenta, tendrá la posibilidad de crearla:
Ingresar a: Mi Argentina

Accede a mi Argentina. Se despliega:

Se dirige a: PACIENTE Y/ AUTOCULTIVADOR.
Allí completara datos como domicilio, localidad, Pcia, CP, obra social, mail, celular.
Por último, seleccionar TIPO DE CULTIVO:
- AUTOCULTIVO: paciente se encarga y responsabiliza de las medidas de seguridad apropiadas.
- OTRO: deberá vincularse a su cultivador/a solidario/a para proseguir el trámite.
Luego finalizar: REGISTRARME.
Te aparecerá:

Deberá ingresar a “mis datos”, donde podrá visualizar la carga del registro realizado y el código de vinculación asignado.


Vinculaciones:
Si el paciente eligió AUTOCULTIVO: solo debe asociarse a un profesional de salud habilitado.
Si opto por “OTRO”, una vez vinculado al profesional de salud y luego asociarse con el cultivador solidario.
¿Cuanto es el tiempo de vigencia de la autorización?
3 años.
¿Cómo realizo la renovación de la autorización?
Una vez vencida la autorización debe realizar nuevamente el trámite. No hay renovación automática.
¿Cuántas plantas están autorizadas por paciente?
Están autorizadas hasta 9 plantas en floración por paciente.
¿Se puede transportar cannabis?
Sí, la autorización implica poder transportar hasta 40 gramos de flores secas o 6 unidades de goteros de 30ml.